Cobertura Accidentes Personales
La cobertura de accidentes personales ampara al asegurado con actividad comercial de independiente en caso que fallezca como consecuencia de un accidente, siempre que la fecha del accidente ocurra durante la vigencia de la póliza y el fallecimiento suceda dentro de los ciento ochenta días (180) calendario siguientes, a partir de la fecha del accidente.
Condiciones:
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Edades de ingreso y permanencia | Accidentes Personales (Muerte Accidental) | 18 años | 69 años y 364 días | 70 años y 364 días | ||||
Períodos de carencia | No Aplica | |||||||
Pago de indemnización | Independientes: Se reconocerá el valor equivalente a una cuota mensual del crédito máximo $4.000.000 |
A partir del 06 de diciembre de 2019 las pólizas voluntarias son de Aseguradora Mapfre, pólizas contratadas antes de esta fecha permanece con Aseguradora Cardif. Verifica con la aseguradora con la cual contrataste la vigencia de la póliza.